Radiografía del feminicidio en México. (I Parte)

El estudio «Feminicidio en México. Aproximación, tendencias y cambios, 1985-2009», realizado por la Comisión Especial de Feminicidios de la Cámara de Diputados, en colaboración con ONU Mujeres, el Instituto Nacional de las Mujeres y el Colegio de México, ofrece una aproximación a los homicidios de mujeres cometidos en los 31 Estados y el Distrito Federal. El análisis se hizo a partir de los registros de defunción de mujeres. Informe-Primera Parte.

Elena Laporta 

España, Madrid – La Comisión Especial para el Seguimiento de los Feminicidios, junto con otras organizaciones como ONU Mujeres y el Instituto de la Mujer han publicado recientemente varios informes que analizan el feminicidio, sus cambios y tendencias desde el año 1985 hasta el 2009. Puede hablarse de dos grupos de informes: uno que se centra en el estudio de estas violaciones de los Derechos Humanos a nivel nacional, compuesto por un único informe. Y un segundo grupo que focaliza su atención en los 32 Estados, de modo que existe un informe por cada uno de dichos Estados.

Este artículo, que se publica en tres partes, se centra en el ámbito estatal y tiene la pretensión de mostrar los resultados de dichos informes. Se trata de un breve resumen en el que destacamos seis puntos que consideramos claves para conocer más cerca la realidad de los feminicidios y que son los más analizados en los informes. Son en concreto: la tasa de lo que llaman las defunciones femeninas con presunción de homicidios [1], el porcentaje de certificaciones por médico legista y necropsias realizadas, los datos sobre los lugares donde aconteció el homicidio y sobre las armas utilizadas, el número de mujeres menores de 18 años afectadas y la legislación vigente aplicable a estos delitos. No obstante en los informes aparecen otros datos.

Además hay que tener en cuenta que los 32 informes comienzan con una introducción general en la que se manifiesta que se toman como referencia los años 2005 y 2009 y que se hace una comparación con el conjunto del país. Así mismo recuerdan que el análisis se hace partiendo del contexto de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

AGUASCALIENTES

Características de las defunciones:

– Presenta una tasa de defunciones femeninas relativamente baja, por debajo del promedio nacional. Son un total de 11.

Las defunciones masculinas descendieron con mayor rapidez. Proporcionalmente se mata a más mujeres que hombres en Aguascalientes, respecto al promedio nacional.

– En 2009, el 91% de las defunciones fueron certificadas por un médico legista y en 82% se practicó la necropsia, proporciones superiores a la media nacional.

– La mayoría de estas muertes de mujeres ocurrieron en el hogar (72,7%) y sólo 9% sucedieron en la vía pública, muy por debajo del promedio nacional.

– Respecto a los medios usados en la agresión, el porcentaje en que la muerte se debió a ahorcamiento, estrangulación y causas similares duplica el promedio nacional. Al ahorcamiento le siguen las armas de fuego y los objetos cortantes.

– Se ha incrementado la proporción de las menores de 18 años de edad, del 14.3 al 45.5%.

– En cuanto al plano legislativo, el Código Penal de Aguascalientes considera como agravado el homicidio cuando se comete contra la cónyuge, concubina o pareja y se aumenta la pena si inflige lesiones a la cónyuge pareja.

Por otra parte, existe la infidelidad conyugal como motivo para asignar una imputabilidad disminuida y por tanto menor pena.

Además, las acciones contra el delito de rapto y el rapto equiparado, no se extinguen por el matrimonio.

BAJA CALIFORNIA

Características de las defunciones:

– La tasa de estas defunciones se ha incrementado enormemente en los últimos dos años. Entre 2005 y 2009 se cuadruplicaron el número de defunciones femeninas con presunción de homicidio. En 2009 son un total de 149.

La tasa de defunciones masculinas con presunción de homicidio también ha experimentado un incremento a partir del 2008, pero es muy inferior al femenino.

– Las certificaciones por médicos legistas y las necropsias en 2009 disminuyeron notablemente con respecto a 2005: de 94% a 47.7%.

– En 2009 los homicidios ocurridos en la vivienda son inferiores a los de la vía pública (39.6% 43,6%).

– La utilización del ahorcamiento como medio de agresión disminuyó, en tanto que el uso de arma de fuego se incrementó significativamente. En 2009 el arma más usada fue la de fuego, seguida del ahorcamiento y del uso de objetos cortantes.

– Es importante resaltar que el peso de las muertes de mujeres menores de 18 aumentó casi tres veces en esos cuatro años, y es notablemente mayor en niñas que niños. El porcentaje es de 14,1%.

– Respecto a la legislación, el Código Penal de Baja California califica el homicidio y las lesiones perpetrados por el cónyuge o concubino como agravado y aumenta la pena correspondiente. No se aplica a la expareja o pareja que no vive con la víctima.

Existe la figura de rapto para satisfacer el deseo sexual o casarse, que sólo se persigue por querella y tiene una pena inferior a la del secuestro. Además, se extingue la acción penal si se contrae matrimonio con la víctima. No ocurre los mismo con la figura de rapto equiparado que no extingue la acción penal con el matrimonio.

BAJA CALIFORNIA SUR

– Se registran muy pocos homicidios de mujeres (0.3% del total del país). Tanto las tasas de mujeres como las de hombres están por debajo del promedio nacional. El escaso número de asesinatos facilita su seguimiento. En 2009 fueron un total de 5.

– En todos los casos las muertes fueron certificadas por un médico legista que practicó a su vez la necropsia.

– El porcentaje de homicidios ocurridos en la vivienda y en la vía pública es el mismo, del 20% cada uno.

– El uso del ahorcamiento como arma duplica el promedio nacional, mientras que el uso de armas de fuego en la agresión es de la mitad del total del país. El porcentaje de ahorcamientos es del 40%, mientras que el de uso de arma de fuego y de objetos cortantes es del 20% cada uno.

– No hubo homicidios de mujeres menores de 18 años en 2005, pero representan la quinta parte en 2009. Son un 20%.

– El Código Penal considera como agravado el homicidio cuando se comete contra la cónyuge o concubina. De la misma manera, señala que en el caso de lesiones infligidas a la cónyuge o concubina se aplicará hasta 50% más de la pena que corresponda. Sin embargo, la infidelidad conyugal reduce la pena, al igual que las lesiones por razón de honor.

CAMPECHE

– El porcentaje de defunciones femeninas se ha incrementado levemente respecto de 2005. No obstante, son muy pocos los casos registrados, cuatro en 2005 y ocho en 2009. A pesar del incremento, éste es menor que el de otras entidades federativas.

– En la tasa de defunciones masculinas la tendencia es muy similar a la nacional y se mantiene en general por debajo de la nacional.

– El porcentaje en el que las defunciones femeninas con presunción de homicidio se certifican por un médico legista y en el que se les practicó necropsia es el mismo, 75% para ambos casos en 2005 y 2009.

– La mitad de los casos ocurrieron en la vivienda en 2009 y sólo dos en la vía pública (62,5 y 25% respectivamente).

– Las armas o los medios utilizados los alejan del promedio nacional. Disminuye el uso del ahorcamiento y el arma de fuego no se utilizó en ninguno. El más utilizado es el objeto cortante. Además varía el arma utilizado según la víctima sea hombre o mujer. En el caso de los varones la más usada es el arma de fuego mientras que en el caso de las mujeres es más común la utilización de objetos cortantes o romos, o bien la fuerza corporal.

– En 2005 no se registró ninguna víctima menor de 18, mientras que en 2009 hubo 3 casos, ascendiendo a un 37.5%. Mientras, en los varones estos niveles se mantienen más bajos.

– Respecto a la legislación, en los casos de homicidio se establece que los co­metidos por el cónyuge o el concubino agravan el delito, con lo que aumenta la pena.

Además, la traición es delito y se prevé como atenuante el estado de emo­ción violenta.

También está tipificado el rapto con fines matrimoniales, en cuyo caso el llevar a cabo el matrimonio extingue la acción penal y el rapto equiparado. Ambos se persiguen por querella y no de oficio.

Incluso se contempla el delito de violación conyugal, pero no impone ninguna pena.

Por último, a pesar de que ya se debería haber hecho, no se ha aprobado el Reglamento de desarrollo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Vio­lencia, la cual estipula que en los 60 días siguientes a su publica­ción se debía divulgar su reglamento.

COAHULIA

– Las tasas femeninas de defunción han sido inferiores al promedio nacional y se han reducido levemente desde el 2005. Fueron un total de 21.

Las tasas masculinas de defunción con presunción de homicidio en el estado siguen la misma tendencia que el promedio nacional, pero con niveles inferiores, de casi la mitad.

– El porcenta­je de certificación por médico legista aumentó entre 2005 y 2009 de 56.5% a 85.7%. También lo hizo la práctica de la autopsia, que casi se duplicó pasando de 39.1% a 76.2%.

– Aproximadamente en una cuarta parte de los casos la muerte ocurrió en la vivienda. Mientras tanto uno de cada tres casos ocurrió en la vía pública. El porcentaje fue de 57.1% en la vivienda y de 33,3% en la vía pública.

– Destaca la frecuencia con que son usadas las armas de fuego en las defunciones tanto femeninas como masculinas, elevándose al 38,1% , frente al ahorcamiento (9,5%) y los objetos cortantes (4,8%).

– En relación con las menores de edad, hay una tendencia descendiente para las mujeres que se estabiliza, del 30 al 19%. No obstante la proporción de niñas es mayor que la de niños.

– En cuanto a la legislación, el Cp tiene la agravante para el delito de homicidio cuando se comete contra una mujer, cónyuge o concubina. También se imponen mayores penas por el delito de lesiones. Sin embargo se mantiene la infidelidad conyugal como atenuante tanto para el homicidio como para las lesiones.

Así mismo se conserva también tanto el tipo penal de peligro de contagio, por el que pueden querellarse las cónyuges o concubinas.

Por último, aún no se han hecho las armonizaciones legislativas del Cp con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ni se ha aprobado el reglamento de desarrollo.

COLIMA

– Hay una pequeña disminución en el porcentaje de defunciones femeninas con presunción de homicidio, de 15.4% a 14.1%.En todo caso se estima que son 10 casos, siendo una tasa similar a la estatal. Presenta bastantes fluctuaciones como consecuencia del escaso número de defunciones.

La tasa de defunciones masculinas tiene menos fluctuaciones porque el número de defunciones es mayor. Su tendencia es más similar a la nacional.

– La certificación por médico legista y la necropsia alcanzaron en 2009 el 100% de los casos.

– En el 40% de los casos el homicidio ocurrió en la vivienda, mientras que se produce un incremento en el porcentaje de casos que tienen lugar en la vía pública del 20 al30%.

– Respecto a los medios, en 2009 el medio más utilizado fue el arma de fuego, con porcentajes de hasta el 60%, seguido del ahorcamiento. No hubo casos por objeto cortante.

– El porcentaje de niñas menores de 18 años entre las defunciones se ha reducido en los últimos años, pasando del 40 al 20%. En los niños no alcanza el 10%.

– En cuanto a la normativa, Colima es una de las entidades que han tipificado el femi­nicidio en su Código Penal.

Existe además el delito de homicidio y de lesiones agravados cuando lo comete la pareja. Tam­bién tipifica la violación entre cónyuges pero no va acompañado de pena.

Existe el delito de rapto. Si bien en este caso no se extingue la acción penal con el matrimonio, sólo se persigue por querella. Lo mismo ocurre para el rapto equiparado.

CHIAPAS

– Se ha producido un incremento notable de la tasa de defunciones femenina en los últimos años pasando de 30 en 2005 a 65 en 2009.

Por su parte, la evolución de las tasas y defunciones masculinas se acerca a la nacional aunque los niveles son más bajos. La proporción es de siete mujeres por cada varón en cuya muerte se presumió un homicidio.

– En 2009, Sólo el 12,3% de los homicidios fue certificado por un médico legista. Y no se ha efectuado ningu­na necropsia. Es la proporción más baja del país.

– Hay un aumento en el porcentaje de muertes ocurridas en una vivienda, que alcanza el 38.5% en 2009. Pero son algo más frecuentes en la vía pública donde alcanza el 40%. No obstante, el porcentaje de desconocimiento del lugar de ocurrencia de las defunciones ha sido de 95% en 2006, 85% en 2007, 94% en 2008 y 71% en 2009.

– En relación a las armas, el método más usado es el del ahorcamiento y similares (23,1%) seguido del arma de fuego y del objeto cortante que tienen el mismo porcentaje de 15,4%.

En el caso de los varones el uso de armas de fuego es más frecuente que cuando las víctimas son mujeres. Para las mujeres se sustituyen las armas de fuego por métodos más violentos como los objetos cortantes, los objetos romos o sin filo y el ahorcamiento.

– En cuanto a los cometidos contra menores de edad, hay una tendencia decreciente, pero los niveles son muy altos, de alrededor del 30% frente al 5% en los varones.

– Respecto a la normativa, hay agravante tanto para el delito de homicidio como para el de lesiones que se comete contra la cónyuge, concubina o mujer con quien se tenga una relación de pareja permanente. Por el contrario, en ambos delitos existe la atenuante de infidelidad conyugal.

También incluye el delito de peligro de contagio, por el que la cónyuge puede querellarse.

Como en otros Códigos, existe la figura del delito de rapto y rapto equiparado, que se persiguen por querella y la pena se extingue con el matrimonio. En cambio, sí se considera la viola­ción entre cónyuges, y a diferencia de otros Códigos se le asigna pena.

Además, no se ha armonizado el Cp respecto de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado ni se ha aprobado el reglamento.

CHIHUAHUA

La cifra de defunciones femeninas con presunción de homicidio coloca a la entidad en el primer lugar en el conjunto del país. Desde 2005 se ha incrementado el número pasando de 61 en 2005 a 212 en 2009.

Apunta que el estado civil de las mujeres parece jugar un papel importante: en los años 2005 y 2009 prácticamente la mitad de las mujeres presuntamente asesinadas eran solteras (47.5% y 50%, respectivamente).

– Por el contrario, las certificaciones y necropsias han aumentado hasta sobrepasar el 90% en ambos casos: 96.2 y. 93,9% respectivamente.

– El lugar más frecuente para cometer el homicidio es la vía pública con un 45.8%, frente a la vivienda con un 35.8%.

– El arma utilizada mayoritariamente es la de fuego, en un 78,8% de los casos, frente al ahorcamiento y similares y los objetos cortantes, que son usadas en torno al 5% de los casos.

– El porcentaje de defunciones femeninas de menores de 18 años es notablemente mayor que el de los varones a lo largo del periodo. No obstante ha disminuido del 2005, en que era casi del 30 % al 12,3%.

– En cuanto a la normativa, se han hecho imprescriptibles los delitos de violación, abuso sexual, incesto, trata de personas y lenocinio, entre otros, cometidos contra menores de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo.

También se han eliminado figuras jurídicas discriminatorias contra las mujeres y se han incorporado otras, como el agravamiento de los delitos de homicidio y lesiones cuando los comete la pareja e incluso la expareja.

Sin embargo, subsisten figuras como la de privación de la libertad con fines sexuales que goza de atenuante y con penas menores que cuando se produce por motivaciones económicas. 

DISTRITO FEDERAL

– La tasa de defunciones femeninas ha descendió levemente desde 2005. Se ha pasado de 128 a 102 homicidios.

– Casi la totalidad de las defunciones de mujeres con presunción de homicidios ocurridas en el Distrito Federal fueron certificadas por un médico legista, quien practicó la necropsia. 99% para las certificaciones y 98% para las necropsias.

– En los últimos años se invierten las proporciones de casos en que las agresiones tuvieron lugar en una vivienda y en la vía pública, llegando estas últimas a 46% y las primeras a 28,4%.

– El arma de fuego fue la más utilizada (28,4%), seguida de los objetos cortantes (21,65) y del ahorcamiento y similares (15.7%).

– La proporción de las defunciones en que las víctimas eran menores de edad es de un 11% en 2009, casi el doble que a nivel nacional. La proporción de las mujeres es de casi tres veces la de los hombres.

– La normativa viene marcada por la aprobación de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento. Sin embargo todavía no se ha producido la homologación del Código Penal.

Lo más novedoso es la tipificación del feminicidio.

Se mantiene la agravante en el delito de homicidio y en el de lesiones cuando la víctima sea cónyuge, concubina o concubinario o tenga otra relación de pareja permanente con el agresor, pero conserva como atenuante el estado de emoción violenta.

Además, existe el delito de traición y el delito de secuestro se persigue por querella cuando es cometido por un cónyuge, concubinario o pareja permanente.

DURANGO

– La proporción de defunciones femeninas en el total de muertes violentas casi se du­plicó en el periodo, de 10.6% a 19.6%, pasando de 17 a 53 las mujeres asesinadas.

En el caso de los hombres, el incremento es también elevado.

– Disminuyen las certificaciones por médico legista, de 70.6% en 2005 a 60.4% en 2009. En el caso de las necropsias la caída es todavía mayor: de 70.6% a 58.5%.

– Si hace unos años el lugar más frecuente era la vivienda, ahora lo es la vía pública. En 2009 los porcentajes son de 26.4% y 50.9% respectivamente.

– Por su parte, los medios utilizados también han experimentado cambios. El uso del ahorcamiento disminuyó notablemente, de 11.8% a 1.9%, mientras que el de arma de fuego aumentó de 47.1% a 66.0%.

– En cuanto al porcentaje de defunciones con presunción de homicidio en menores de 18 años de edad por sexo entre, las niñas presentan porcentajes más altos que los niños. En 2009 el de las niñas es de 7,5%.

– Respecto a la normativa, en Durango se aprobó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia pero no su Reglamento.

Tanto los homicidios como las lesiones tienen agravantes si son perpetrados por el cónyuge o concubino.

Además, la acción penal por secuestro por motivos sexuales no se extingue al contraer el victimario matrimonio con la víctima.

GUANAJUATO

– Desde 2006 se observa un ascenso de 66% en los últimos tres años Se pasa de 35 a 44 entre el 2005 y el 2009.

Las tasas masculinas también ascienden, siguiendo la tendencia del conjunto del país.

– Los porcentajes en que se certificó la defunción y hubo necropsia son elevados, de en torno al 90%.

– El lugar más frecuente es la vivienda, en un 45,5% de los casos, frente al 39% que ocurren en la vía pública.

– Respecto a los medios, la más usada es el arma de fuego (36,4), luego los objetos cortantes (8,2%), y tras ella los ahorcamientos y similares (15.9%).

– Se reduce en tres cuartas partes la proporción de asesinadas que tenían menos de 18 años. Se pasa de un 20 a un 4,5%.

– En el plano legislativo, es la única entidad que no promulgó una Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aunque publicó la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato, así como su Reglamento pero no los ha armonizado con el Código penal.

Guanajuato es uno de los estados que ha tipificado el feminicidio en el país.

Se considera agravante el delito de homicidio que se cometa contra la cónyuge o concubina y en el caso de las lesiones se aumenta la pena sólo si es contra la cónyuge

También reconoce el delito de violación entre cónyuges y le asigna pena.

Lee Radiografía del Feminicidio en México (II)

Lee Radiografía del Feminicidio en México (III)

 

 

[1] Cuando el texto utiliza la palabra “defunciones” se está haciendo referencia a aquellas que se producen con presunción de homicidio, no a cualquier tipo de defunción. Si fuese otra distinta se aclararía.

 

No Comments Yet

Comments are closed

Proyecto de:Asociacion La Sur
Proyecto Asociado:Geoviolenciasexual
Subvencionado por:
Subvencionado por:Logo Ministerio de Igualdad DGVG