Análisis de datos estadísticos del CGPJ sobre violencia de género 2016

María del Mar Daza Bonachela

Diseño: Francisco Gatica

Feminicidio.net

En el “Análisis de los datos estadísticos de 2015 sobre violencia de género del CGPJ” hacemos una revisión exhaustiva de la actuación de la justi­cia española en la aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 (Daza, Feminicidio.net, 2017).  Allí presentamos con mapas y cuadros una panorámica detallada de lo que ocurrió en cada territorio –por Comunidades Autónomas, provincias y, en varios apartados, por partidos judiciales– con las denuncias de las víctimas, sus demandas de protección y, en definitiva, con los procesos penales: el sentido de la sentencia, condenatoria o absolutoria, y cómo actuó la justicia frente al incumplimiento de las penas y medidas de protección.

El presente informe, un resumen de datos de 2016, sigue la estructura del informe 2015. Por una parte, observamos la evolución de datos estatales interanuales y, por otra, sin descender al detalle del partido judicial, analizamos los datos correspondientes a 2016, reflejando también nuevos detalles en la información proporcionada por las tablas del CGPJ1.

Esperamos que estos trabajos sean útiles como herramienta para detectar en cada territorio los aciertos pero especialmente los principales fallos, que los hay y muy graves, en el tratamiento de la violencia de género por parte de la justicia.

1. Feminicidios con denuncia previa2

En 2016 constan 19 feminicidios en los que se había formulado previamente al menos una denuncia contra el victimario. Los feminicidios con denuncia previa suponen un tercio del total; por tanto la gran mayoría de las víctimas de feminicidio (el 66,66%) no habían denunciado, a pesar de que el feminicidio es siempre el resultado de un contínuum de violencia (Kelly, 1988; Russell y Radford, 2006; Muñoz Cabrera, 2011; ONU Mujeres-OACNUDH, 2014; Castellanos y Ranea, 2014; Atencio, 2015; Gimeno, 2015; Salas Ramírez, 2016; y otras).

Entre ellos hubo:

• 17 casos de feminicidio en el marco de la relación de pareja o expareja (íntimo), y

• dos feminicidios familiares que derivan de la misma situación de violencia familiar y fueron perpetrados uno a continuación del otro por el mismo victimario, hermano e hijo de las víctimas.

Víctima y victimario convivían en 10 casos, el 52,6% (una proporción mayor que la de 2015 en que solo un tercio de víctimas y victimarios convivían).

Solo consta o se deduce de la reseña de prensa que hubo condena en seis de aquellas denuncias previas (31,58%). En tres casos hubo denuncias cruzadas. En 11 casos no consta el resultado de aquella denuncia o denuncias previas.  En un caso consta que la denuncia previa se archivó, en otro hubo absolución. En las reseñas de prensa se recoge que en dos casos (el de absolución es uno) la víctima había “retirado” la denuncia3; y en las fichas de víctimas mortales del Gobierno que hubo 5 casos de “no continuación [del] proceso por la víctima”.

Es difícil saber en cuántos casos ya había constancia de violencia habitual en aquel proceso previo, pues es una situación que se suele obviar atendiendo solo a los episodios puntuales; hay cinco casos en los que no consta en las reseñas de prensa, pero de seguro una escucha atenta a las víctimas en aquellos procesos hubiera revelado la situación de violencia habitual.

La edad media de estas víctimas era de 38,8 años, con 19 años la más joven; la mayor, madre del victimario, tenía 57 años, 54 años la víctima de feminicidio íntimo de mayor edad.

Hubo dos casos en Salamanca, otros dos en Zaragoza y tres en Sevilla: dos familiares perpetrados por el mismo victimario, y un feminicidio íntimo en el que se había denegado a la víctima la medida de alejamiento4. Falló estrepitosamente la valoración del riesgo al considerarlo “no apreciado”, del mismo modo que en uno de los casos de Zaragoza en que se consideró “mínimo”. Se minusvalora la importancia de las agresiones contra las mujeres.   

En 2016 se produjo la cifra más baja de casos sin denuncia previa desde que se computa el dato (año 2006). El número de casos con denuncia de la víctima aumentó al 29,5%, 4,29 puntos por encima de la media de los años anteriores, hasta cifras similares a las de 2007 y 2010. Pero en 2017 (fecha de actualización: 31 de octubre) vuelve a aumentar el porcentaje de mujeres asesinadas sin denuncia previa, hasta el 81,4%, situándose por encima del máximo que había habido hasta ahora (80,8% en 2012) y más de 6 puntos, a dicha fecha, por encima de la media de los años anteriores.

Según datos oficiales, entre 2006 y 2016, menos del 25% de las víctimas mortales reconocidas había denunciado previamente a su agresor. En 2016 aumenta hasta el 29,5% el porcentaje de casos en los que las mujeres se atrevieron a denunciar pero en los que falló la protección a las víctimas: no obtuvieron la protección efectiva que requerían. En 2017 veremos otra regresión: disminuye al 22,4%.

2. Nacionalidad de las mujeres asesinadas (datos oficiales)

Las mujeres extranjeras fueron en 2016 el 43,2% de las víctimas mortales de violencia de género. Su porcentaje según los datos oficiales del INE entre la población de mujeres era en 2016 del 9,60%.

Las mujeres extranjeras están, por tanto, fuertemente sobrerrepresentadas en la cifra de víctimas mortales de violencia de género: un 33,6% en 2016 (casi siete puntos más que en 2015, en el que la sobrerrepresentación fue del 26,9%). Esta cuestión requiere un análisis interseccional, pues tiene que ver, como expusimos en el Informe de 2015, con el incremento de vulnerabilidad que implica su condición de migrantes –mucho mayor cuando se las considera ilegales– con todo lo que ello conlleva de temor a la expulsión, desarraigo, choque cultural, dificultades de integración relacionadas con el racismo, la xenofobia, las barreras lingüísticas, el desempleo, la carencia de apoyo familiar, dificultades para acceder a los servicios de apoyo especializado, etcétera.

Desde que hay cómputo, la mayor tasa media estatal de denuncias se dio en 2008: 60,97 denuncias por cada 10.000 mujeres habitantes. Desde entonces, empezó a disminuir, y la tendencia a la baja continuó hasta 2013 (con un mínimo de 52,18). En los últimos tres años ha experimentado un ligero ascenso, que se ha hecho más pronunciado en 2016, año en el que la media estatal, 60,24 denuncias por 10.000 mujeres habitantes, se aproxima a aquel máximo de 2008.

El aumento en la tasa de denuncia es un dato a valorar positivamente, ya que indica, no necesariamente que haya más violencia, sino también menor resistencia o temor a denunciar y un incremento en la confianza hacia la justicia.

3.1. ¿Quién denuncia?

  • Intervención policial directa: la proporción de asuntos iniciados debido a la intervención policial directa está en ascenso desde 2013; en 2016 fue la vía de inicio de un 16,53% de los casos.
  • Víctima: el 69,14% de las denuncias en 2016 se formuló por las víctimas, porcentaje que varía muy poco respecto del año anterior (su máximo fue el 73,02% en 2010).
  • Familiares: El porcentaje de denuncias de familiares ascendió en 2015 al 2,26% y en 2016 disminuye al 1,44% (baja 82 centésimas).
  • Servicios asistenciales y terceros: En 2016 sube del 1,92% de 2015, al 2,74% (sube 82 centésimas, compensa la menor proporción de denuncias de familiares).
  • Parte de lesiones: La proporción de asuntos iniciados por parte de lesiones de los servicios sanitarios al Juzgado disminuye más de un punto en 2016: desde el 11,28% de 2015 al 10,15%, el mínimo en los años considerados.

3.2. Prevalencia de denuncias por territorios 

  • Por Comunidades Autónomas, en 2016 los índices más altos de denuncias se dan en Melilla (97,26 denuncias por cada 10.000 mujeres habitantes), Baleares (94,66), Murcia (86,18), y Canarias (82,73).Presentan valores medios Comunidad Valenciana (77,11), Andalucía (69,22) y Madrid (63,93). Dentro de Andalucía hay un importante contraste entre provincias, el mayor entre Granada (valor alto), y Córdoba (medio-bajo: 37,48). En otras Comunidades, como la Valenciana o Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña o Euskadi el contraste entre provincias no es tan pronunciado.

Los valores más bajos por Comunidades Autónomas se dan en Castilla y León (37,34), Euskadi (42,41) y Galicia (40,34).

  • Por provincias los mayores índices, además de las mencionadas Melilla y Baleares, se dan en Las Palmas (87,35), Murcia (86,18) y Granada (83,64).
    Tienen menos denuncias Salamanca (18,16), Soria (24,30), Huesca (26,21), Teruel (28,31) y Ávila (29,80 denuncias por cada 10.000 mujeres). Salamanca, Soria y Teruel repiten, como en 2015, entre las provincias con tasas de denuncia más bajas.

El porcentaje de renuncias al proceso presentadas por la víctima en los JVM se mantuvo bastante estable en torno al 12%, entre 2010 y 2015, si bien aumentando de 2012 a 2014. En 2015, bajó 0,54 centésimas, al 11,86%, y en 2016 vuelve a reducirse más de medio punto, al 11,28%. Este es un dato a valorar positivamente que, no obstante, neutraliza el dato contrario, negativo, del incremento de los sobreseimientos en 2016 en un 0,73% (40,07% en 2015 y 40,80% en 2016), mayor que la disminución de renuncias.

  • En 2016 las tres CCAA con menos renuncias de la víctima al proceso han sido Extremadura (3,80% de las denuncias), Baleares (5,14%) y Galicia (5,53%). Extremadura y Galicia también presentaron las cifras más bajas de renuncias en 2015.
    El territorio con mayor porcentaje de renuncias en 2016 es, como en 2015, Melilla, pero con una proporción de renuncias (47,93%) muy superior a la del año anterior (en 2015 fue el 27,49%). Las CCAA donde más víctimas renunciaron a continuar en el proceso en 2016 fueron Asturias (16,96%), La Rioja (16,09%), Comunidad Valenciana (14,19%) y Madrid (13,88%), seguidas de Cataluña y Castilla y León (12,58%).
  • Por provincias los porcentajes de renuncias más bajos se dieron en Palencia (0%), Araba/Álava (1,36%), Cáceres (2,96%) y Granada (3,94%).
    Las provincias donde más renuncias de las víctimas registraron en 2016 fueron Castellón (23,96%), Salamanca (21,73%), Burgos (20,71%), Soria (19,44%), Tarragona (18%), Girona (17,08%), Bizkaia (16,91%) y la Rioja (16,09%).

4.1. Sobrerrepresentación de las mujeres extranjeras en las renuncias

La sobrerrepresentación media de las renunciantes extranjeras (en relación con la población de mujeres) en 2016 es del 25,71% (en 2015 fue del 27,77%).

Los índices de sobrerrepresentación más elevados de mujeres extranjeras entre las renunciantes en 2016 se produjeron en las Ciudades Autónomas de Ceuta (70,41%) y Melilla (47,85%), y en las CCAA de La Rioja (40,25%), Euskadi (37,24%) y Navarra (32,55%).

  • Las provincias con mayor sobrerrepresentación fueron Araba/Álava (50,84%), Soria (44,85%), Huesca (42,07%), La Rioja (40,25%) y Bizkaia (39,52%).
    Ceuta y Melilla, Soria, Araba y Bizkaia, Huesca, Zaragoza y La Rioja repiten en esta lista (también estaban en 2015), lo que parece indicar que se esté produciendo una especial desatención a las mujeres víctimas de violencia de género extranjeras en esos territorios.

Los índices más reducidos se dieron en Palencia (donde las tablas del CGPJ indican que no se registraron renuncias de víctimas españolas ni extranjeras), Cáceres (4,43%), Huelva (5,29%) y A Coruña (6,08%); y por Comunidades Autónomas, en Extremadura (8,94%), Galicia (11,49), Andalucía y Canarias (15,16% en las dos últimas).

Aparte, en los JP, las víctimas  se acogieron a la dispensa del art. 416 LECr. para no declarar en 4.187 casos; y hubo 393 archivos.

5. Denuncias archivadas

El porcentaje de denuncias archivadas en 2016 ha sido de al menos el 40,80% (si bien podría ser más, pues el promedio de los sobreseimientos en porcentaje es del 46,37%)5. Supera en más de siete décimas el ya muy elevado porcentaje de archivos de 2015, que fue de al menos 40,07%.

El 86,42% de los archivos se debió a “no resultar justificada la perpetración del delito”, porcentaje similar al de 2015 (86,19% de los archivos).

Ceuta (27,01% de las denuncias) y La Rioja (33,91%) fueron los territorios donde menos denuncias se archivaron en 2016.

En el extremo opuesto, en Melilla se archivaron el 69,83% de las denuncias y en Galicia el 56,68% (aumentando el porcentaje de archivos en esta Comunidad en 5,74 puntos porcentuales respecto a 2015).

En otras ocho CCAA la justicia archiva más del 40% de las denuncias: Cataluña (casi el 47%), Baleares, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cantabria, Navarra y Madrid.

Junto a la Ciudad de Melilla, hay varias provincias con unos porcentajes de archivo elevadísimos: Pontevedra (79,14%), Palencia (78,52%), Salamanca (72,20%) -en 2015 Palencia y Salamanca aparecían con cifras de más del 90% de denuncias archivadas-, Ávila (68,46%) y Girona (58,37%).

6. Órdenes y medidas de protección

Para obtener una imagen completa de la situación de protección o desprotección de las víctimas en los distintos territorios hay que atender, en primer lugar, a cuántas solicitudes se realizan, tanto de órdenes de protección (OP), como de medidas penales vía art. 544 bis  LECr., o la suma de unas y otras, y a cuántas se adoptan (positivo) o, por el contrario, cuántas se inadmiten y deniegan (negativo).

6.1. Solicitudes

En 2016 se incoaron 28.000 órdenes de protección, es decir, se solicitaron en el 19,60% de las denuncias; también se solicitaron medidas por la vía del artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en otros 9.946 casos. En total se solicitó medida u OP en 37.946 casos (el 26,55% de las denuncias, en 2015 fue en el 28,09%).

  • Como en el resto de datos, también en cuanto a la solicitud de OP hay importantes variaciones por territorios: los mínimos se dieron en Baleares (11,85%), Melilla (12,41%) y Comunidad Valenciana (12,95%) y los máximos en Ceuta (75,29%), Castilla-La Mancha (30,59%) y Asturias (27,30%).
  • El 71,13% de las medidas fueron solicitadas por mujeres españolas y el 28,87% por mujeres extranjeras; el 97,95% por adultas y el 2,05% por menores de edad.

6.2. Inadmitidas

Del total de solicitudes formuladas se inadmitieron el 3,11% (1.180, que se desglosan en 1.028 OP y 152 medidas), el 3,67% en el caso de las OP y el 1,53% de las solicitudes de medidas penales.

  • Por territorios las inadmisiones se concentran en las CCAA de Murcia (16,50% de las solicitudes inadmitidas), La Rioja (11,48%), Euskadi (9,88%), Canarias (4,91%), Castilla-La Mancha (3,77%) y Cataluña (3,33%). Del resto del Estado, aún por debajo del promedio, destacan todavía Madrid (2,89%), Andalucía (1,81%) y Comunidad Valenciana (1,62%), pues nueve CCAA y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla tienen porcentajes de inadmisión por debajo de 1%.
  • En las CCAA de más de una provincia las tasas altas de inadmisión también se concentran en determinadas provincias: Guadalajara (19,38% de solicitudes inadmitidas) y Ciudad Real (3,35%), Bizkaia (19,12%), Las Palmas (7,88%), Sevilla (3,85%) y Huelva (3,02%), Barcelona (3,99%), Huesca (2,50%)6.
  • Por provincias encontramos 14 –Almería, Córdoba, Baleares, Cuenca, Toledo, Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora y Araba/Álava–, junto a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, donde la tasa de inadmisión es del 0%, es decir, tramitan todas las solicitudes.

6.3. Denegadas

En 2016 se denegaron el 32,69% de las OP y medidas penales solicitadas: 36,78% de las OP y 21,21% de las medidas penales vía art. 544 bis LECr. (en 2015 la proporción media de denegación fue mayor, del 37,88%).

  • Por Comunidades las que más órdenes y medidas de protección denegaron fueron Cataluña (54,05%: 55,15% de las OP y 43,74% de las medidas), Madrid (47,70%: 49,53% de las OP y 37,82% de las medidas denegadas) y Euskadi (40,57%: 43,97% de las OP y 14,61% de las medidas penales).
    Las CCAA que menos órdenes y medidas de protección denegaron fueron La Rioja (12,79% de las solicitadas), Aragón (14,94%), Baleares (16,56%) y Castilla-La Mancha (17,60%).
  • Por provincias donde más órdenes y medidas de protección denegaron fue en Valladolid (63,15% de las solicitadas), Barcelona (61,11%), Sevilla (55,17%), Girona (55,14%), Madrid (47,70%), Santa Cruz de Tenerife (45,47%) y Gipuzkoa (43,30%).
    La suma de OP inadmitidas y OP denegadas nos da una imagen en negativo, y la cifra de acordadas la misma imagen en positivo. Veamos esta última en detalle por CCAA y provincias.

6.4. Acordadas

De media, en 2016, se acordaron medidas para proteger a las víctimas (entre órdenes de protección y medidas penales vía art. 544 bis LECr.) en el 17,05% de las denuncias.

Del total de solicitudes formuladas se acordaron el 64,20%, se inadmitieron el 3,11% y se denegaron el 32,69% (en 2015 se acordaron el 57,38%).

En el desglose de OP y medidas penales, como permiten las tablas del CGPJ en 2016, se acordaron el 59,55% de las OP y el 77,26% de las medidas solicitadas. Los mapas de este apartado muestran por separado, para que se pueda consultar el detalle, los datos en porcentaje de las OP y las medidas penales acordadas en 2016, por CCAA y por provincias; no obstante los comentarios se refieren a órdenes y medidas en conjunto, y haciendo referencia a las medidas acordadas en proporción a las solicitudes y en proporción al total de denuncias en cada territorio.

  • Los territorios en los que se acordó un porcentaje mayor de medidas y órdenes de protección fueron la Ciudad Autónoma de Ceuta (96,18% de las solicitudes acordadas; se adoptaron medidas para proteger a las víctimas en el 72,41% de las denuncias), y las CCAA de La Rioja (75,74% de solicitudes aprobadas, en el 33,48% de las denuncias), Castilla-La Mancha (78,63% de las solicitudes, en el 29,08% de denuncias), Aragón (84,12% de las solicitadas, se aprobaron en el 25,46% de las denuncias) y Extremadura (80,76% de las solicitadas, en el 24,08% de las denuncias).

Varían mucho los porcentajes en función de cuántas solicitudes se formulan: Melilla (donde se acordaron en el 95,77% de las solicitudes) o Baleares (83,44%) están en la parte más baja de la tabla al haberse acordado la protección, respectivamente, solo en el 11,96% y el 17,27% de las denuncias, debido a las reducidas cifras de solicitudes, más de 12 puntos por debajo de la media en el caso de Baleares y de nueve en el de Melilla.

  • Las CCAA donde menos órdenes y medidas de protección se acordaron en 2016 fueron Euskadi (solo en el 8% de las denuncias; 49,54% de las solicitudes), Cataluña (11,79% de las denuncias, 42,62% de las solicitudes), Baleares (11,96% de las denuncias, conforme referimos en el párrafo anterior) y Madrid (12,23% de las denuncias, 49,41% de las solicitadas).
  • Por provincias, junto a la Ciudad Autónoma de Ceuta, los mayores porcentajes de órdenes y medidas de protección acordadas se dieron en Soria (en el 58,33% de las denuncias), Ourense (en el 46,35%), Huesca (47,74%), Salamanca (38,98%) y Palencia (en el 37,50% de las denuncias).
    Destacan por el reducido porcentaje de órdenes y medidas de protección adoptadas en relación con las denuncias: Araba/Álava (6,11%, a pesar de que aprobó el 59,34% de las solicitadas pues su porcentaje de solicitudes está más de 16 puntos por debajo de la media), Bizkaia (6,37%), Barcelona (8,89%, se acordaron menos del 35% de las solicitadas), Girona (11,27%), Sevilla (11,31%, solo se acordaron en el 42,84% de las solicitudes), Valladolid (11,94%, 36,85% de las solicitudes) y Baleares (11,96%).

En la tabla constan los porcentajes de OP acordadas en 2015 y en 2016, y variación de un año a otro, en las 10 provincias donde menos se protegió a las víctimas este último año. Entre ellas están las tres provincias vascas, dos catalanas, la capital del Estado y la de Andalucía. En algunas ha mejorado la situación, de forma más sensible en Araba, mientras que en Bizkaia, Valladolid y Las Palmas empeora.

Siete de estas provincias repiten por tercer año consecutivo entre las que presentan peores valores. Por orden de mayor a menor nivel de protección estas son: Gipuzkoa, Santa Cruz de Tenerife, Madrid, Girona, Sevilla, Valladolid y Barcelona; en la última, redondeando, solo un tercio de las víctimas consiguen protección judicial (Alemany, 2016; Daza, 2017).

7. Sentencias

En 2016 entre Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) y Juzgados de lo Penal (JP) enjuiciaron el 33,01% de las denuncias. En el 21,69% del total de denuncias hubo sentencia condenatoria.

7.1. Juzgados de Violencia sobre la Mujer

En los JVM se resolvieron el 13,51% de las denuncias planteadas y se elevaron a los JP el 19,50% (media estatal en ambos casos).

Un 11,07% de las denuncias planteadas se resolvieron con condena en los JVM, que dictaron sentencia condenatoria en el 81,95% de los casos que enjuiciaron. En 2015 lo habían hecho en el 76,61% de los casos (el porcentaje de condena ha sido 5,34 puntos mayor en 2016).

  • El 76,57% de los enjuiciados eran españoles y el 23,43% extranjeros. Fueron condenados el 80% de los españoles y el 88,35% de los extranjeros.
  • El 0,42% de las personas enjuiciadas eran mujeres. Fueron condenadas el 59,76%. Seis provincias (las de Málaga, Barcelona, Alicante, A Coruña, Madrid y Araba) concentran el 63,41% de las mujeres enjuiciadas, y solo dos el 38,77% de las condenadas (en el informe de 2015 vimos que, al igual que otros, también este ítem se concentra especialmente en determinados partidos judiciales: queda pendiente estudiar la situación al detalle en 2016.
  • Madrid (66,44% de los enjuiciados) y Melilla (75,76%) han sido en 2016, al igual que en 2015, los territorios que menos han condenado, seguidos de Cataluña (76,35%) y Andalucía (77,51%).
  • Los que más condenaron fueron Ceuta (96,92%), Murcia (93,38%), La Rioja (93,33%), Baleares (92,86%) y Asturias (91,59%).
  • Por provincias destacan por su bajo porcentaje de condena: Ávila (55,17%), Valladolid (62,5%), Málaga (63,62%), Sevilla (66,08%), Zamora (67,86%) y Zaragoza (68,10%), pero hay otras que también están por debajo del promedio.

Por encima del promedio están las provincias de Segovia, Soria, Teruel, Huesca, Burgos, Lleida,  además de las citadas Ciudad Autónoma y CCAA uniprovinciales.

7.2. Juzgados de lo Penal

  • Los JP enjuiciaron a 28.514 personas, de las cuales 27.657 (el 96,99%) fueron hombres y 857 (el 3%) mujeres. Fueron condenados el 54,87% de los hombres (15.176) y el 31,74% de las mujeres (272).
  • En 2015 fueron condenados el 49,20%, por tanto en 2016 sube 5,67 puntos el porcentaje de hombres condenados en los JP.
  • Las provincias de Madrid, Málaga y Barcelona -que, junto a algunas otras, presentan valores preocupantes en la mayoría de los ítems, del mismo modo que lo hacían en 2015- concentran el 69,08% de las mujeres enjuiciadas; y las mismas provincias junto a Jaén concentran el 86,03% de las mujeres condenadas.
  • De los hombres enjuiciados el 71,24% eran españoles y el 28,76% extranjeros. Esta circunstancia no afecta de la forma que en los JVM al porcentaje de condena en los JP (55,16% de los españoles, 54,17% de los extranjeros).
  • Por CCAA las cifras de condena más elevadas en los JP se produjeron en Extremadura (79,53%), Baleares (74,07%), Galicia (69,73%), Aragón (63,40%) y Navarra.
  • Donde menos condenaron los JP fue en Ceuta (20,95%) y Melilla (46,55%), y en las CCAA de Cataluña (45,04%), Andalucía (50,28), Castilla-La Mancha (52,76) y Madrid (52,28).
  • Por provincias, los JP condenaron menos en Tarragona (27,63%), Girona (34,85%), Cuenca (40,20%), Almería (42,11%), Córdoba (44,23%), Málaga (47,42%) y Cádiz (48,51%).
  • La mayor proporción de condenas por provincias se produjo en Cáceres (84,21%), Badajoz (77,02%), A Coruña (75,68%), Ávila y Palencia (75%), y Jaén (72,57%).

7.3. Condenados en relación con las denuncias

Si nos fijamos en la proporción de condenados en relación con el total de denuncias vemos el efecto generador de impunidad de los archivos que habíamos estudiado. De media estatal se condena entre JVM y JP, a solo un 21,69% de los hombres denunciados por violencia de género: 13,51% de los enjuiciados en los JVM y 11,07% en los de lo Penal.

  • Atender al porcentaje de condenados en función del número de denuncias por provincias nos indica los territorios (en los que se repiten datos problemáticos), donde peor se trata la violencia de género, que el mapa nos muestra en rojo, de forma muy clara.
  • En las Audiencias Provinciales (que enjuician los delitos más graves) la media estatal de  condenas ha sido del 80,99% (en 2015 fue el 76,3%). A falta del valor en la AP de Extremadura (que no consta en la tabla del CGPJ), el porcentaje de sentencias condenatorias supera el 90% en 10 CCAA. En 9 es del 100%. En Canarias supera el 90% y en Andalucía y Castilla-La Mancha supera el 80%.

Los porcentajes más bajos de condena en 2016 se dan en Navarra (60%), Madrid (67,74%), Cataluña (73,02%) y Valencia (75,56%); en 2015 se dieron en Castilla-La Mancha, Cataluña, Castilla y León y Valencia.

8. Quebrantamientos de medidas de alejamiento y prohibición de comunicación

  • En 2016 se registraron 20.469 delitos de quebrantamiento (más del doble que el año anterior, que fueron 8.733). A nivel estatal estos delitos guardan una proporción con el total de denuncias registradas del 14,32% (en 2015 el dato fue de un 6,76%).

Esto puede indicar tanto una mejora en la persecución de este delito y en el interés judicial en la protección de las víctimas, como también, en algunos territorios, en su registro (además de que puedan existir variaciones territoriales, de momento difíciles de determinar, en la comisión del quebrantamiento).

  • La Ciudad de Melilla es el territorio que menos quebrantamientos ha registrado en 2016 (3,65% en relación con las denuncias). Le siguen las Comunidades Autónomas de Aragón (8,01%), Galicia (8,59%), Canarias (10,92%) y Castilla y León (12,24%).

Los mayores porcentajes de quebrantamientos en proporción a las denuncias, se registraron en Cantabria (34,70%), Ceuta (22,99%), Asturias (20,75%) y Euskadi (19,90%).

Territorios como la Comunidad de Madrid, la Ciudad de Ceuta o la provincia de Sevilla, que en 2015 presentaban tasas bajísimas en quebrantamiento, en 2016 parecen haber trabajado para corregir la situación de subregistro y/o falta de persecución de este delito.

  • Por provincias, tras las CCAA uniprovinciales mencionadas, se registran más delitos de quebrantamiento en Badajoz (28,15%), Ciudad Real (28,03%), Gipuzkoa (25,48), Girona (22,99) y Tarragona (20,75%).

Donde menos quebrantamientos se tramitaron en 2016, junto a Melilla, fue en Ávila (2,49%), Teruel (2,62%), Lugo (4,92%), Cáceres (6,95%), Palencia (7,81%), y Albacete (7,47%). Si atendemos también a la tasa de quebrantamientos registrados por cada 10.000 mujeres habitantes vemos que hay otras provincias que han tramitado poquísimos procesos por este delito, como Huesca (3,01 quebrantamientos por cada 10.000 mujeres), Zamora (3,18), A Coruña (3,44); y están por encima de la media por ejemplo, Valencia, Almería o Baleares.

9. A modo de conclusiones

Las conclusiones generales del análisis realizado en el Informe 2015 de Feminicidio.net siguen siendo válidas. Las que vienen a continuación reflejan la evolución general del año 2016. En la mayor parte de los ítems hay importantes desviaciones de las medias en los distintos territorios. Los mapas por CCAA y por provincias muestran gráficamente de forma muy clara la situación en cada uno de ellos. Los colores utilizados son significativos: en los mapas sobre renuncias, sobrerrepresentación de mujeres extranjeras entre las renunciantes, órdenes de protección, archivos y sentencias el color verde indica un mejor tratamiento por la justicia, y en rojo datos preocupantes. Excepto en los mapas sobre prevalencia de denuncias y delito de quebrantamiento, en todos los demás, cuando un territorio presenta valores en rojo oscuro en distintos indicadores las razones para la preocupación son muy serias. Significa que en ese territorio los niveles de victimización secundaria son muy elevados, la justicia se aplica mal con la violencia de género; también se trata mal a las víctimas, se las desprotege y se favorece su revictimización.

Esto sucede especialmente en Madrid, Barcelona, Girona, Málaga, Sevilla, Bizkaia, Valladolid, o Melilla.

En este avance no hemos podido descender al examen detallado de los datos por partidos judiciales como hicimos en el Informe 2015, pero esa información está disponible para su estudio en las tablas del CGPJ. Se trata de ver las proporciones, la desviación de los valores medios y el sentido de la misma. En las provincias con datos preocupantes en distintos indicadores, ese examen detallado muestra en qué partidos judiciales se concentran los déficits de atención a las víctimas y, por tanto, dónde se debe incidir más seriamente para solucionarlos. Quienes trabajan en el foro saben con más precisión dónde están los focos de esos déficits, y pueden tener en estos estudios una herramienta útil, que les permite conocer los efectos de las actuaciones inadecuadas que ven cotidianamente en determinados lugares más allá de los casos particulares que cada uno atiende, así como disponer de datos para actuar, quizás de forma colectiva y organizada, en la búsqueda de soluciones a los problemas que esa atención en ciertos territorios sistemáticamente inadecuada por la justicia, genera a las víctimas afectadas, pues en algunos casos los datos son escandalosos.

  • Feminicidios y denuncia previa
    Según datos oficiales entre 2006 y 2015, las víctimas mortales de violencia de género, en el sentido restringido de la Ley Orgánica 1/2004 (que Feminicidio.net clasifica como feminicidios íntimos en su base de datos), fueron de media 62,6 al año. Si se incluyen los casos en investigación, 63,2 al año: algo más de 1,2 mujeres asesinadas cada semana del año.
    Si miramos solo a los últimos cinco años anteriores, 2011 a 2015, esa media baja a 56,2 anuales sin los casos en investigación, y 57,4 con ellos: entre 1,08 y 1,10 mujeres asesinadas cada semana en España. Según el registro de esos últimos cinco años de Feminicidio.net, fueron 62,4 las mujeres asesinadas cada año, 1,2 cada semana del año.
    En 2016 la cifra se redujo según los datos del Gobierno a 44 víctimas mortales, con 7 casos en investigación: entre 0,84 y 0,98 mujeres asesinadas cada semana. En el registro de Feminicidio.net constan 56 casos (con un subregistro elevado de 12 casos): 1,07 mujeres asesinadas cada semana del año.
    Es necesaria una estadística oficial -como reclama el Convenio 210 del Consejo de Europa (artículo 11 del Convenio de Estambul, “[…] las Partes se comprometen a: recoger los datos estadísticos detallados […] relativos a todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio”)- en la que se registren todos los feminicidios, asesinatos de mujeres por razones de género, no únicamente los perpetrados en el marco de la relación de pareja, al igual que los casos de lesiones graves contra las mujeres; y contar también con un registro completo de los asesinatos de personas de ambos sexos, desagregado por sexo tanto de víctima como de victimario, para evitar el subregistro, facilitar la investigación, y proporcionar con las estadísticas una imagen más completa y menos manipulable de la realidad.
    Entre 2006 y 2015, de media un 74,79% de los feminicidios íntimos se perpetraron sin que existiera denuncia previa. Ese porcentaje en 2016 baja al 63,60%. En dicho período, de 2006 a 2015 la víctima mortal había denunciado con anterioridad en un 24,54% de los casos. En 2016 lo había hecho en un 29,5% de los casos. Este incremento en el porcentaje de víctimas mortales que habían denunciado junto con la disminución de aproximadamente un 10% en la cifra de mujeres asesinadas son datos que señalan una evolución positiva en el año 2016.
    En el período 2006-2015 la nacionalidad de las mujeres asesinadas fue, de media, 65,86% españolas y 34,14% extranjeras. En 2016 la proporción de mujeres extranjeras entre las asesinadas subió más de nueve puntos sobre la media de los años anteriores, hasta el 43,2%. Este dato, junto a la sobrerrepresentación de mujeres extranjeras entre las asesinadas nos debe hacer reflexionar sobre los déficits en la atención y apoyo a las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género en España.
  • Denuncias
    Computamos la tasa de denuncias por cada 10.000 mujeres habitantes y su evolución interanual.
    La tasa máxima desde 2002 se produjo en el año 2008, con 60,97. De 2008 a 2013 se redujo, alcanzando un mínimo de 52,18; en 2014 empezó a cambiar la tendencia, y en 2016 la subida es más clara y alcanza las 60,24 denuncias por cada 10.000 mujeres.
  • Renuncias
    El porcentaje de renuncias de la víctima, que en años anteriores se mantenía alrededor del 12%,  por segundo año consecutivo se reduce más de medio punto: desde el 11,86% de 2015 y baja al 11,28% en 2016.
  • Archivos
    En 2016 se han continuado archivando más del 40% de las denuncias, en concreto el 40,80%, empeorando la cifra del año anterior (40,07%), aunque menos de un punto. Este dato negativo neutraliza el positivo de la disminución de renuncias.
  • Órdenes y medidas de protección
    En 2016 se solicitó orden o medidas de protección en 37.956 denuncias, el 26,57% (en 2015 se pidió en el 28,09%). En el 19,60% fue OP (28.000) y en el 6,97% medidas penales por la vía del art. 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (9.956).
    Se aprobaron, a nivel estatal, el 70,16% de las solicitudes: 59,55% de las solicitudes de OP (16.675) y 77,26% de las medidas penales (7.692). Con respecto al total de denuncias, se otorgó protección a las víctimas en el 17,05% de los casos (11,67% OP y 5,38% medidas solo penales). Según los datos del CGPJ, en 2015 las órdenes y medidas de pro- tección aprobadas fueron el 57,38%, por lo que en 2016 este aspecto ha mejorado.
  • Condenas
    En 2016 entre los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y los Juzgados de lo Penal dictaron sentencia condenatoria en el 21,69% de las denuncias. Es un dato que también mejora respecto del año anterior.
    Desglosándolo en unos juzgados y otros:
    – En los JVM condenaron al 81,95% de los enjuiciados (11,07% del total de denuncias); un porcentaje 5,34 puntos superior a 2015 (76,61% de los enjuiciados).
    – En los Juzgados de lo Penal condenaron al 54,87% de los sometidos a juicio (10,62% respecto del total de denuncias), el porcentaje es 5,67 puntos mayor que en 2015 (49,20%).
  • Quebrantamientos
    En 2016 se registra un incremento espectacular en la cifra de delitos de quebrantamiento registrados, 20.469, el 234% de la del año anterior (8.733). La proporción a nivel estatal con el total de denuncias registradas es del 14,32% (en 2015 el dato fue un 6,76%). Esto indica que en 2016 ha mejorado de forma importante la atención a las situaciones de incumplimiento por los victimarios de las prohibiciones de acercamiento y  de comunicación con las víctimas.

Esa mejora limitada se percibe igualmente en el resto de ítems analizados y está relacionada con la intensa labor desempeñada por el movimiento feminista, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación comprometidos con la erradicación de las violencias machistas. Dichos seguimiento, vigilancia y pedagogía poco a poco va calando en la sociedad. Se trata de una labor de control externo, atención, sensibilización social y formación, en necesaria interacción con las instituciones, más fluida o complicada en función del compromiso político que estas asuman con la igualdad, pero en todo caso imprescindible, en la que debemos persistir y profundizar.

Abreviaturas

CCAA – Comunidades Autónomas
CGPJ – Consejo General del Poder Judicial
DO – Datos oficiales
INE – Instituto Nacional de Estadísticas
JVM – Juzgados de Violencia sobre la Mujer
JP – Juzgados de lo Penal
LECr. – Ley de Enjuiciamiento Criminal
OP – Órdenes de protección

10. Bibliografía

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Atencio, Graciela (Ed.), Messuti, Ana, Laporta, Elena, Gimeno, Beatriz, et al. (2015): Feminicidio. De la categoría político-jurídica a la Justicia Universal, Los libros de la Catarata, Madrid.

Carcedo, Ana y Sagot, Montserrat (2000): Feminicidio en Costa Rica 1990-1999. Instituto Nacional de las Mujeres, INAMU, Colección Teórica, San José, Costa Rica (1–84) http://mujeresdeguatemala.org/wp-content/uploads/2014/06/Femicidioen-Costa-Rica.pdf.

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CGPJ (2017): “La violencia sobre la mujer en la estadística judicial: Anual 2016”  http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/Actividad-del-Observatorio/Datos-estadisticos/La-violencia-sobre-la-mujer-en-la-estadistica-judicial–Anual-2016.
– Servicio de búsqueda online http://www6.poderjudicial.es/.

Daza Bonachela, María del Mar (2017): “Análisis de datos estadísticos de 2015 sobre violencia de género del CGPJ”, en Atencio, Graciela (Coord., ed.), Feminicidios y otros asesinatos de mujeres: Informe España 2015, Feminicidio.net.

Grupo de expertas y expertos en violencia doméstica y de género del CGPJ (2016): Guía Práctica de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de Diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, Observatorio contra la violencia doméstica y de género http://bit.ly/2hWbTb9.

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Salas Ramírez, Karla Micheel (2016): Juzgar el feminicidio en México: Desafíos para la aplicación de la perspectiva de género y la debida diligencia en sede judicial. Tesis para la Maestría en Derechos Humanos y Democracia. FLACSO México.


(1) Sobre la materia, en profundidad, de la autora de este análisis (2015): Escuchar a las víctimas. Victimología, Derecho Victimal y Atención a las Víctimas. Tirant lo Blanch, Valencia.
(2) http://www.violenciagenero.msssi.gob.es/violenciaEnCifras/victimasMortales/fichaMujeres/home.htm
(3) La Macroencuesta de 2011 permite extrapolar datos a la población general: en el último año habían sufrido violencia de género en España unas 593.038 mujeres (MSSSI, 2012: 3) y en 2010 se presentaron 134.105 denuncias, que correspondería a un 22,61% de las víctimas. En la Macroencuesta de 2015 (que dificulta, y de hecho no hace la extrapolación, porque se refiere a víctimas de 16 o más años, y el tramo de población por edad que facilita el INE va de 15 a 19 años), se afirma que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tuvieron conocimiento de la violencia de género en el 28,6% de los casos, habían denunciado el 21,6% de las víctimas y en el resto de casos lo hicieron otras personas (MSSSI, 2015: 8).
(4) Datos del INE: http://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=2853
(5) En todos los mapas de este capítulo el rango total (intervalo entre valor máximo, redondeado al alza, y mínimo, redondeado a la baja) se ha dividido en cinco tramos.
(6) Porcentajes calculados a partir de los datos numéricos de Denuncias-Renuncias en los libros de Datos por Partido Judicial de cada año.
(7) El CGPG solo desglosa los datos de violencia sobre la mujer de Ceuta y Melilla en las tablas de datos por Partido Judicial, pero no en los datos por provincias ni por CCAA, pues la Ley de Demarcación y Planta Judicial integra a efectos de demarcación judicial a Ceuta en la circunscripción de la Audiencia Provincial de Cádiz, y a Melilla en la de Málaga (art. 3.3 L. 38/1988), y ambas en la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (art. 2.5). En este Informe sí desglosamos los datos de Ceuta y de Melilla de los de las respectivas provincias y la Comunidad Autónoma que los integran, en aras de la exactitud.
(8) En las tablas estadísticas del CGPJ por partidos judiciales, los sobreseimientos de la hoja “terminación”, expresada en porcentajes suman el 44,5% (sobreseimiento libre 3,6%, y provisional 40,9%), un porcentaje más elevado que en el libro por provincias (40,07%). Los números de la hoja “sobreseimientos” contienen más sobreseimientos que denuncias en 21 PJ (ej. Ayamonte, Martos, Utrera, Coria del Río, Carrión de los Condes, Vilanova i la Geltrú, Martorell, Bencerrea, Leganés, Aóiz, y otros), lo que hace pensar que puedan contener errores. Las diferencias podrían venir de errores en el registro del dato, de reaperturas de casos con sobreseimiento provisional que vuelven a sobreseerse o de archivos de casos de años anteriores, pero el CGPJ no lo aclara. Los datos sobre porcentaje de archivos en el mapa resultan de la suma de los porcentajes de sobreseimiento libre y provisional en la hoja “terminación” en la tabla del CGPJ por PJ; y los que detallan las causas del sobreseimiento de la hoja “sobreseimientos” (ver CGPJ, 2016a: 8, y 2016d).
(9) Ver Ministerio del Interior (24/11/2014): “El ministro del interior asegura que la nueva Unidad de Familia y Mujer de la Policía Nacional incrementará la eficacia contra la violencia de género”. http://bit.ly/2k7JU5Y.
(10) MSSSI: “Servicio Telefónico de Atención y Protección a las víctimas de la violencia de género (ATENPRO)”. http://bit.ly/2jfgqmE.
(11) MSSSI: “Dispositivos de control telemático de medidas y penas de alejamiento”. http://bit.ly/2jTLglF.
(12) Sirva de ejemplo la información a las víctimas que proporciona el Gobierno del Reino Unido a través de su página web: https://www.gov.uk/your-rights-after-crimehttps://www.victimsinformationservice.org.uk/https://www.gov.uk/government/publications/the-code-of-practice-for-victims-of-crime.

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